Resultado de la proclamación de candidatos en las elecciones municipales (1931)

Domingo, 12 de abril de 1931

Heraldo de Aragón

La siguiente noticia es el anuncio de la constitución de un Ayuntamiento de Blesa, el primero de la Segunda República, al que ni siquiera hubieron de votar los blesinos.

Las elecciones municipales.

Resultado de la proclamación de candidatos por el artículo 29 en diversas localidades.

En Blesa

En esta localidad han sido proclamados concejales con arreglo al artículo 29 de la ley electoral, por no haberse presentado mayor número de candidatos que las vacantes existentes, los señores siguientes, todos monárquicos independientes.

Don Basilio Bartolo Burriel, don Agustín Celma Serrano, don Florián Garcés Bardají, don Ambrosio Serrano Pastor, don Mesías Royo Serrano, don Juan Bartolo Mercadal, don Pablo Pradas Nuez, don Mariano Yuste Bardají y don Domingo Allueva Plou.

C.

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Este fue el final de la dictadura y de la Monarquía. El fracaso de la política de Miguel Primo de Rivera en muchos problemas nacionales, salvo en la resolución de la guerra de Marruecos, hizo que le retirasen su apoyo todos los que la respaldaron en 1923, permitiendo su caída en 1930. La monarquía se había implicado demasiado con la dictadura, y el fracaso del intento de vuelta al estado anterior marcó su propio fin.

El 18 de febrero se formó un gobierno continuista, bajo el mando del almirante Aznar, que convocó las elecciones municipales celebradas el 12 de abril de 1931 y que otorgaron la victoria a los partidos republicanos en la mayor parte de las capitales de provincia, no así en muchas áreas rurales, como fue el caso de Blesa. Pero era indudable el mayor peso político de las áreas urbanas, las elecciones tuvieron la función de un plebiscito y la práctica totalidad de sectores y partidos políticos nacionales aceptaron el nuevo régimen, por lo que Alfonso XIII optó por exiliarse voluntariamente. La Segunda República fue proclamada el 14 de abril.

En muchos pueblos, como en Blesa, hubo tantos candidatos como vacantes y se aplicó el artículo 29 de la vieja ley electoral de 1907, con lo cual no se celebraron elecciones, como también ocurrió en Azuara, o Armillas entre los más próximos. No en todos los pueblos los candidatos eran de un mismo partido, como es lógico, aunque sí en los dos pueblos mencionados. Esta situación no fue sólo propia de pueblos, en algunas ciudades tuvieron una resolución similar al presentarse menos candidatos que vacantes para constituir el Ayuntamiento, como ocurrió en Jaca.

Este Ayuntamiento blesino, de carácter monárquico, se llegó a constituir, y rigió hasta que se votó uno nuevo en las elecciones locales de abril 1933. En el recuerdo de algunos está el nombramiento como alcaldesa provisional de una mujer, una maestra que ejercía en Blesa. Investigaremos estos últimos puntos.

Una de las primeras reformas del nuevo gobierno republicano fue la reforma de la ley electoral mediante un decreto, promulgado el cercano 8 de mayo, por el cual se modificaban algunos aspectos para matizar el contenido de la ley. Y uno de los puntos abolidos fue el mencionado artículo 29, ya que se consideró que las elecciones de concejales y diputados sin votación favorecía sustancialmente a los caciques lugareños(1).

Notas

1). "Proceso constituyente de las elecciones municipales en Monreal del Campo", Pedro J. Adiego Sancho. Xiloca 2, 1988, pág. 89.

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